LGIPE

Artículo 34. Órganos Centrales del Instituto

Los órganos centrales del Instituto incluyen el Consejo General y la Presidencia, los cuales son fundamentales para la dirección y supervisión de las actividades electorales. Su estructura asegura el cumplimiento de la ley electoral.

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Texto Legal

1. Los órganos centrales del Instituto son:

a) [El Consejo General;] Inciso reformado DOF 02-03-2023 Inciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

b) [La Presidencia del Consejo General;] Inciso reformado DOF 02-03-2023 Inciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

c) [La Junta General Ejecutiva, y] Inciso derogado DOF 02-03-2023 Derogación del inciso declarada inválida y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

d) [La Secretaría Ejecutiva.] Inciso derogado DOF 02-03-2023 Derogación del inciso declarada inválida y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

Sección Primera Del Consejo General y de su Presidencia

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La correcta comprensión de la estructura del Instituto es vital para cualquier asesor legal. Los cambios en estos órganos pueden afectar la implementación de políticas electorales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 34 del LGIPE?

Los órganos centrales del Instituto incluyen el Consejo General y la Presidencia, los cuales son fundamentales para la dirección y supervisión de las actividades electorales. Su estructura asegura el cumplimiento de la ley electoral.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 34 de la LEY de Instituciones y Procedimientos Electorales?

[IA] La correcta comprensión de la estructura del Instituto es vital para cualquier asesor legal. Los cambios en estos órganos pueden afectar la implementación de políticas electorales.

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