Se establecen las reglas para determinar la validez o nulidad de los votos, asegurando que solo se cuenten aquellos que cumplan con los requisitos establecidos.
1. Para determinar la validez o nulidad de los votos se observarán las reglas siguientes:
a) Se contará un voto válido por la marca que haga el elector en un solo cuadro en el que se contenga el emblema de un partido político, atendiendo lo dispuesto en el párrafo 2 del artículo inmediato anterior;
b) Se contará como nulo cualquier voto emitido en forma distinta a la señalada, y
c) Los votos emitidos a favor de candidatos no registrados se asentarán en el acta por separado.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los funcionarios deben estar bien informados sobre las reglas de validez para evitar errores en el conteo que puedan afectar los resultados finales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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