LGIPE

Artículo 285. Cierre de la votación

La votación se cerrará a las 18:00 horas, salvo que todos los electores hayan votado antes. Esto establece un marco temporal claro para el proceso electoral.

cierre de votacionhorarioproceso electoral

Texto Legal

1. La votación se cerrará a las 18:00 horas.

LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-10-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

2. Podrá cerrarse antes de la hora fijada en el párrafo anterior, sólo cuando el presidente y el secretario certifiquen que hubieren votado todos los electores incluidos en la lista nominal correspondiente.

3. Sólo permanecerá abierta después de las 18:00 horas, aquella casilla en la que aún se encuentren electores formados para votar. En este caso, se cerrará una vez que quienes estuviesen formados a las 18:00 horas hayan votado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los funcionarios de casilla estén atentos al horario de cierre y a las filas de votantes. Deben asegurarse de que todos los electores en la fila a las 18:00 horas puedan ejercer su derecho a votar.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 285 del LGIPE?

La votación se cerrará a las 18:00 horas, salvo que todos los electores hayan votado antes. Esto establece un marco temporal claro para el proceso electoral.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 285 de la LEY de Instituciones y Procedimientos Electorales?

[IA] Es importante que los funcionarios de casilla estén atentos al horario de cierre y a las filas de votantes. Deben asegurarse de que todos los electores en la fila a las 18:00 horas puedan ejercer su derecho a votar.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 285 del LGIPE?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 285 LGIPE desde tu celular