LGIPE

Artículo 256. Ubicacion de casillas electorales

Este articulo detalla el procedimiento para determinar la ubicacion de las casillas electorales, incluyendo fechas y pasos a seguir por las juntas distritales. Se establecen plazos y requisitos para la aprobación y publicación de la lista de ubicacion de las casillas.

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Texto Legal

1. El procedimiento para determinar la ubicación de las casillas será el siguiente:

LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-10-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

a) [Entre el 15 de enero y el 15 de febrero del año de la elección las juntas distritales ejecutivas recorrerán las secciones de los correspondientes distritos con el propósito de localizar lugares que cumplan con los requisitos fijados y no incurran en las prohibiciones establecidas por el artículo anterior;] Inciso reformado DOF 02-03-2023 Inciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

b) [Entre el 16 y el 26 de febrero, las juntas distritales ejecutivas presentarán a los consejos distritales correspondientes una lista proponiendo los lugares en que habrán de ubicarse las casillas;] Inciso reformado DOF 02-03-2023 Inciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

c) Recibidas las listas, los consejos examinarán que los lugares propuestos cumplan con los requisitos fijados por el artículo anterior y, en su caso, harán los cambios necesarios;

d) Los consejos distritales, en sesión que celebren a más tardar durante la segunda semana de abril, aprobarán la lista en la que se contenga la ubicación de las casillas;

e) El presidente del consejo distrital ordenará la publicación de la lista de ubicación de casillas aprobadas, a más tardar el 15 de abril del año de la elección, y

f) En su caso, el presidente del consejo distrital ordenará una segunda publicación de la lista, con los ajustes correspondientes, entre el día 15 y el 25 de mayo del año de la elección.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es crucial que los contadores y abogados conozcan los plazos establecidos para la ubicacion de las casillas, ya que cualquier incumplimiento puede generar impugnaciones en el proceso electoral.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 256 del LGIPE?

Este articulo detalla el procedimiento para determinar la ubicacion de las casillas electorales, incluyendo fechas y pasos a seguir por las juntas distritales. Se establecen plazos y requisitos para la aprobación y publicación de la lista de ubicacion de las casillas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 256 de la LEY de Instituciones y Procedimientos Electorales?

[IA] Es crucial que los contadores y abogados conozcan los plazos establecidos para la ubicacion de las casillas, ya que cualquier incumplimiento puede generar impugnaciones en el proceso electoral.

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