La propaganda en la via publica debe cumplir con las disposiciones legales y ambientales, asegurando la no contaminacion por ruido y el respeto al medio ambiente.
1. La propaganda que los partidos políticos, las coaliciones y los candidatos realicen en la vía pública a través de grabaciones y, en general, por cualquier otro medio, se sujetará a lo previsto por el artículo anterior, así como a las disposiciones legales y administrativas expedidas en materia de protección del medio ambiente y de prevención de la contaminación por ruido.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es recomendable que los partidos revisen las normativas locales sobre propaganda en la via publica para evitar multas y sanciones.
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