Los partidos politicos o candidatos que realicen marchas o reuniones que interrumpan la vialidad deben notificar a la autoridad competente su itinerario para garantizar el orden.
1. Los partidos políticos o candidatos que decidan dentro de la campaña electoral realizar marchas o reuniones que impliquen una interrupción temporal de la vialidad, deberán hacer conocer a la autoridad competente su itinerario, a fin de que ésta provea lo necesario para modificar la circulación vehicular y garantizar el libre desarrollo de la marcha o reunión.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La coordinacion con las autoridades es clave para evitar problemas durante marchas, asegurando que se respeten los derechos de todos los ciudadanos.
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