Las solicitudes de registro de candidaturas deben integrarse garantizando la paridad entre los generos, conforme a lo establecido en la constitucion.
1. De la totalidad de solicitudes de registro, tanto de las candidaturas a diputaciones locales y federales, senadurías, así como a las planillas a Ayuntamientos y Alcaldías que presenten los partidos políticos o las coaliciones ante el Instituto y organismos públicos locales, según corresponda, deberán integrarse salvaguardando la paridad entre los géneros mandatada en la Constitución. Artículo reformado DOF 13-04-2020
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es vital que los partidos politicos implementen estrategias efectivas para cumplir con la paridad de genero. La falta de cumplimiento puede resultar en sanciones significativas.
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