La propaganda electoral debe ser retirada en tiempos establecidos, tanto antes como después de la jornada electoral. La omisión de esta obligación será sancionada.
1. La distribución o colocación de la propaganda electoral deberá respetar los tiempos legales que se establezcan para cada caso, su retiro o fin de su distribución deberá efectuarse tres días antes de la jornada electoral.
2. En el caso de la propaganda colocada en vía pública, deberá retirarse durante los siete días posteriores a la conclusión de la jornada electoral.
3. La omisión en el retiro o fin de distribución de la propaganda, serán sancionados conforme a esta Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los candidatos y partidos deben estar al tanto de las obligaciones de retiro de propaganda para evitar sanciones y asegurar el cumplimiento de la normativa electoral.
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