LGIPE

Artículo 130. Obligaciones de los ciudadanos

Los ciudadanos tienen la obligacion de inscribirse en el Registro Federal de Electores y de informar sobre cambios de domicilio. Esto es fundamental para mantener la actualizacion del Padrón Electoral.

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Texto Legal

1. Los ciudadanos están obligados a inscribirse en el Registro Federal de Electores y a informar a éste de su cambio de domicilio dentro de los treinta días siguientes a que éste ocurra.

2. Asimismo, los ciudadanos participarán en la formación y actualización del Padrón Electoral en los términos de las normas reglamentarias correspondientes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es vital que los ciudadanos comprendan sus obligaciones en el proceso electoral. Los contadores deben fomentar la participacion y el cumplimiento de estas obligaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 130 del LGIPE?

Los ciudadanos tienen la obligacion de inscribirse en el Registro Federal de Electores y de informar sobre cambios de domicilio. Esto es fundamental para mantener la actualizacion del Padrón Electoral.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 130 de la LEY de Instituciones y Procedimientos Electorales?

[IA] Es vital que los ciudadanos comprendan sus obligaciones en el proceso electoral. Los contadores deben fomentar la participacion y el cumplimiento de estas obligaciones.

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