Las leyes locales deben regular los medios de impugnación jurisdiccionales para resolver controversias en procesos electorales, garantizando certeza y legalidad.
1. Las leyes locales deberán regular el sistema de medios de impugnación jurisdiccionales por los cuales deban resolverse las controversias que se susciten con motivo de los procesos electorales locales, así como las derivadas de los actos y resoluciones que emitan las autoridades electorales locales.
2. Estos procedimientos jurisdiccionales tienen por objeto garantizar los principios de certeza y definitividad de las diferentes etapas de los procesos electorales, así como el de legalidad de los actos y resoluciones de las autoridades en la materia.
LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-10-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
CAPÍTULO V De los Impedimentos y Excusas
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Conocer los medios de impugnación es esencial para los abogados que representan a candidatos o partidos, ya que esto puede influir en el resultado electoral.
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