LGE

Artículo 79. Programas propedéuticos para educandos

Las autoridades educativas desarrollarán programas propedéuticos que involucren a educandos y sus comunidades, fomentando un sentido de pertenencia y participación en su formación. Esto busca fortalecer la conexión entre educación y comunidad.

programas educativoscomunidadpertenencia

Texto Legal

Las autoridades educativas desarrollarán programas propedéuticos que consideren a los educandos, sus familias y comunidades para fomentar su sentido de pertenencia a la institución y ser copartícipes de su formación.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Fomentar la participación comunitaria puede mejorar la retención escolar. Las instituciones deben buscar alianzas con organizaciones locales para implementar estos programas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 79 del LGE?

Las autoridades educativas desarrollarán programas propedéuticos que involucren a educandos y sus comunidades, fomentando un sentido de pertenencia y participación en su formación. Esto busca fortalecer la conexión entre educación y comunidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 79 de la LEY de Educación?

[IA] Fomentar la participación comunitaria puede mejorar la retención escolar. Las instituciones deben buscar alianzas con organizaciones locales para implementar estos programas.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 79 del LGE?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 79 LGE desde tu celular