LGE

Artículo 7. Rectoría del Estado en educación

El Estado tiene la rectoría de la educación, asegurando que sea universal y accesible para todos. Se enfatiza la importancia de la no discriminación en el acceso a la educación.

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Texto Legal

Corresponde al Estado la rectoría de la educación; la impartida por éste, además de obligatoria, será:

I. Universal, al ser un derecho humano que corresponde a todas las personas por igual, por lo que:

a) Extenderá sus beneficios sin discriminación alguna, de conformidad con lo dispuesto en el

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La rectoría del Estado es clave para garantizar la equidad en la educación. Los profesionales deben estar atentos a cómo se implementan estas políticas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 7 del LGE?

El Estado tiene la rectoría de la educación, asegurando que sea universal y accesible para todos. Se enfatiza la importancia de la no discriminación en el acceso a la educación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 7 de la LEY de Educación?

[IA] La rectoría del Estado es clave para garantizar la equidad en la educación. Los profesionales deben estar atentos a cómo se implementan estas políticas.

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