LGE

Artículo 6. Educación obligatoria

Establece la obligatoriedad de la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior en México. También menciona la responsabilidad de los padres en asegurar la asistencia de sus hijos a la escuela.

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Texto Legal

Todas las personas habitantes del país deben cursar la educación preescolar, la primaria, la secundaria y la media superior.

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Es obligación de las mexicanas y los mexicanos hacer que sus hijas, hijos o pupilos menores de dieciocho años asistan a las escuelas, para recibir educación obligatoria, en los términos que establezca la ley, así como participar en su proceso educativo, al revisar su progreso y desempeño, velando siempre por su bienestar y desarrollo.

La educación inicial es un derecho de la niñez; es responsabilidad del Estado concientizar sobre su importancia y garantizarla conforme a lo dispuesto en la presente Ley.

La obligatoriedad de la educación superior corresponde al Estado en los términos dispuestos por la fracción X del artículo 3o. constitucional y las leyes en la materia.

Además de impartir educación en los términos establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estado apoyará la investigación e innovación científica, humanística y tecnológica, y alentará el fortalecimiento y la difusión de la cultura nacional y universal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La obligatoriedad de la educación es un aspecto clave para el desarrollo social. Es fundamental que los padres y tutores comprendan su rol en este proceso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 6 del LGE?

Establece la obligatoriedad de la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior en México. También menciona la responsabilidad de los padres en asegurar la asistencia de sus hijos a la escuela.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 6 de la LEY de Educación?

[IA] La obligatoriedad de la educación es un aspecto clave para el desarrollo social. Es fundamental que los padres y tutores comprendan su rol en este proceso.

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