LGE

Artículo 65. Medidas para educacion inclusiva

Las autoridades educativas ofrecerán medidas para facilitar el aprendizaje de estudiantes con discapacidad, asegurando que reciban educación adecuada a sus necesidades. Esto incluye la enseñanza de lenguas y métodos de comunicación alternativos.

educacion inclusivametodos de ensenanzadiscapacidad

Texto Legal

Para garantizar la educación inclusiva, las autoridades educativas, en el ámbito de su competencia, ofrecerán las medidas pertinentes, entre ellas:

I. Facilitar el aprendizaje del sistema Braille, otros modos, medios y formatos de comunicación aumentativos o alternativos y habilidades de orientación y de movilidad, así como la tutoría y el apoyo necesario;

II. Garantizar la adquisición y aprendizaje de la Lengua de Señas Mexicana y el español como segunda lengua para las personas con discapacidad auditiva;

III. Asegurar que las y los educandos con discapacidad visual, auditiva, intelectual, psicosocial, de lenguaje o motriz reciban educación en los lenguajes y los modos y medios de comunicación más apropiados a las necesidades de cada persona y en entornos que permitan alcanzar su máximo desarrollo académico, productivo y social;

IV. Asegurar que se realicen ajustes razonables para las personas que lo requieran, en especial para aquellas con discapacidad, aptitudes sobresalientes y/o trastornos;

V. Fortalecer los aprendizajes de las y los educandos con aptitudes sobresalientes con estrategias diversas de acuerdo con sus necesidades, capacidades, ritmos e intereses, y

VI. Fomentar la enseñanza de modelos pedagógicos en la formación docente, para brindar la educación que las y los educandos requieran. Artículo declarado inválido por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales 30-06-2021 y publicada DOF 13-03-2023 Artículo reformado DOF 07-06-2024

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que las instituciones educativas implementen estas medidas para garantizar que todos los estudiantes tengan acceso a una educación de calidad. La capacitación docente en estos métodos es esencial.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 65 del LGE?

Las autoridades educativas ofrecerán medidas para facilitar el aprendizaje de estudiantes con discapacidad, asegurando que reciban educación adecuada a sus necesidades. Esto incluye la enseñanza de lenguas y métodos de comunicación alternativos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 65 de la LEY de Educación?

[IA] Es importante que las instituciones educativas implementen estas medidas para garantizar que todos los estudiantes tengan acceso a una educación de calidad. La capacitación docente en estos métodos es esencial.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 65 del LGE?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 65 LGE desde tu celular