LGE

Artículo 22. Planes y programas de estudio

Los planes y programas de estudio deben favorecer el desarrollo integral de los educandos, considerando la diversidad de saberes y las condiciones de los estudiantes. Se busca una educacion personalizada y contextualizada.

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Texto Legal

Los planes y programas a los que se refiere este Capítulo favorecerán el desarrollo integral y gradual de los educandos en los niveles preescolar, primaria, secundaria, el tipo media superior y la normal, considerando la diversidad de saberes, con un carácter didáctico y curricular diferenciado, que responda a las condiciones personales, sociales, culturales, económicas de los estudiantes, docentes, planteles, comunidades y regiones del país.

Sus propósitos, contenidos, procesos y estrategias educativas, recursos didácticos y evaluación del aprendizaje y de acreditación, se establecerán de acuerdo con cada tipo, nivel, modalidad y opción educativa, así como a las condiciones territoriales, culturales, sociales, productivas y formativas de las instituciones educativas.

El proceso educativo que se genere a partir de la aplicación de los planes y programas de estudio se basará en la libertad, creatividad y responsabilidad que aseguren una armonía entre las relaciones de educandos y docentes; a su vez, promoverá el trabajo colaborativo para asegurar la comunicación y el diálogo entre los diversos actores de la comunidad educativa.

Los libros de texto que se utilicen para cumplir con los planes y programas de estudio para impartir educación por el Estado y que se derive de la aplicación del presente Capítulo, serán los autorizados por la Secretaría en los términos de esta Ley, por lo que queda prohibida cualquier distribución, promoción, difusión o utilización de los que no cumplan con este requisito. Las autoridades escolares, madres y padres de familia o tutores harán del conocimiento de las autoridades educativas correspondientes cualquier situación contraria a este precepto.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este articulo es clave para la elaboracion de planes de estudio. Los educadores deben considerar las particularidades de sus estudiantes para ofrecer una educacion pertinente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 22 del LGE?

Los planes y programas de estudio deben favorecer el desarrollo integral de los educandos, considerando la diversidad de saberes y las condiciones de los estudiantes. Se busca una educacion personalizada y contextualizada.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 22 de la LEY de Educación?

[IA] Este articulo es clave para la elaboracion de planes de estudio. Los educadores deben considerar las particularidades de sus estudiantes para ofrecer una educacion pertinente.

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