Este artículo regula la diligencia de clausura de un plantel educativo, especificando que debe realizarse en días y horas hábiles, con posibilidad de habilitar horarios adicionales. Esto asegura un proceso ordenado.
La diligencia de clausura se llevará a cabo en días y horas hábiles, pudiendo habilitarse días y horas inhábiles, cuando así se requiera para el debido cumplimiento.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las instituciones deben estar preparadas para la posibilidad de una clausura. Tener un plan de contingencia puede ayudar a mitigar el impacto en los estudiantes y el personal.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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