Este artículo establece los criterios que la autoridad educativa debe considerar al imponer sanciones, incluyendo la gravedad de la infracción y las circunstancias del infractor. Es clave para una aplicación justa de la ley.
Para determinar la sanción, se considerarán las circunstancias en que se cometió la infracción, los daños y perjuicios que se hayan producido o puedan producirse a los educandos, la gravedad de la infracción, las condiciones socioeconómicas del infractor, el carácter intencional o no de la infracción y si se trata de reincidencia.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Comprender estos criterios permite a las instituciones anticipar posibles sanciones y ajustar sus prácticas para cumplir con la normativa educativa.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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