LGE

Artículo 148. Publicacion de autorizaciones educativas

Las autoridades educativas publicarán una lista de instituciones con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios. Esto garantiza transparencia y acceso a la información sobre la calidad educativa.

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Texto Legal

Las autoridades educativas publicarán, en el órgano informativo oficial correspondiente y en sus portales electrónicos, una relación de las instituciones a las que hayan concedido autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, así como de aquellas a las que hayan autorizado para revalidar o equiparar estudios. Asimismo, publicarán, oportunamente y en cada caso, la inclusión o la supresión en dicha lista de las instituciones a las que se les otorguen, revoquen o retiren las autorizaciones o reconocimientos respectivos, así como aquellas que sean clausuradas.

De igual manera indicarán en dicha publicación, los resultados una vez que apliquen las evaluaciones que, dentro del ámbito de sus atribuciones y de conformidad con lo dispuesto por esta Ley y demás disposiciones aplicables, les correspondan.

Las autoridades educativas deberán entregar a las escuelas particulares un reporte de los resultados que hayan obtenido sus docentes y alumnos en las evaluaciones correspondientes.

Los particulares que impartan estudios con autorización o con reconocimiento deberán mencionar en la documentación que expidan y en la publicidad que hagan, una Leyenda que indique su calidad de incorporados, el número y fecha del acuerdo respectivo, modalidad en que se imparte, domicilio para el cual se otorgó, así como la autoridad que lo emitió.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La transparencia en la publicación de autorizaciones es clave para la confianza en el sistema educativo. Las instituciones deben estar atentas a estas publicaciones para asegurar su correcta inclusión.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 148 del LGE?

Las autoridades educativas publicarán una lista de instituciones con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios. Esto garantiza transparencia y acceso a la información sobre la calidad educativa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 148 de la LEY de Educación?

[IA] La transparencia en la publicación de autorizaciones es clave para la confianza en el sistema educativo. Las instituciones deben estar atentas a estas publicaciones para asegurar su correcta inclusión.

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