LGE

Artículo 120. Recursos para ayuntamientos

El gobierno de cada entidad federativa debe proveer recursos a los ayuntamientos para cumplir con sus responsabilidades educativas. Esto asegura que las autoridades locales tengan el financiamiento necesario para la educación.

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Texto Legal

El gobierno de cada entidad federativa, de conformidad con las disposiciones aplicables, proveerá lo conducente para que cada ayuntamiento reciba recursos para el cumplimiento de las responsabilidades que en términos del artículo 116 estén a cargo de la autoridad municipal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los ayuntamientos gestionen adecuadamente los recursos recibidos para cumplir con sus obligaciones educativas. La transparencia en el uso de estos fondos es fundamental.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 120 del LGE?

El gobierno de cada entidad federativa debe proveer recursos a los ayuntamientos para cumplir con sus responsabilidades educativas. Esto asegura que las autoridades locales tengan el financiamiento necesario para la educación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 120 de la LEY de Educación?

[IA] Es importante que los ayuntamientos gestionen adecuadamente los recursos recibidos para cumplir con sus obligaciones educativas. La transparencia en el uso de estos fondos es fundamental.

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