Las autoridades educativas estableceran esquemas de formacion y profesionalizacion del personal academico para mejorar los metodos pedagogicos y el aprovechamiento estudiantil. Se busca una mejora continua en la educacion superior.
Las autoridades educativas y las instituciones de educación superior, de conformidad con su normatividad aplicable, establecerán de manera progresiva y permanente esquemas de formación, capacitación, superación y profesionalización del personal académico del tipo de educación superior, con la finalidad de contribuir a una mejora en los métodos pedagógicos, el proceso de construcción de saberes y en el aprovechamiento académico de las y los estudiantes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La formacion continua del personal academico es esencial para mantener la calidad educativa. Las instituciones deben invertir en capacitaciones y actualizaciones para su personal.
Anterior
Art. 39. Establecimiento de instituciones educativas
Siguiente
Art. 41. Programas de apoyo a la titulacion
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo