Las personas productoras e importadoras deben proporcionar informes a la Secretaría sobre sus obligaciones en la Gestión Circular. El incumplimiento puede resultar en sanciones.
La persona productora, importadora o el Organismo Coordinador responsable de fuentes de generación o manejo del Producto, o materias reguladas por esta Ley o en el Reglamento debe proporcionar a la Secretaría los informes, o documentos conforme a las obligaciones previstas en la Gestión Circular inscrita en el Registro, dentro del plazo que establecen las disposiciones jurídicas aplicables.
En caso de no cumplir con esta obligación se les aplicarán las sanciones administrativas previstas en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La presentación de informes es una obligación crítica. Los contadores deben establecer recordatorios y sistemas para asegurar que sus clientes cumplan con esta responsabilidad.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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