LGEC

Artículo 42. Participacion de la Poblacion

La población puede participar en la Economia Circular mediante hábitos de Consumo Responsable. Esto incluye reducir residuos y optar por productos duraderos.

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Texto Legal

La población participa en la Economía Circular mediante los hábitos de Consumo Responsable siguientes:

I. Realizar un Consumo Responsable, informado y sostenible de productos; con preferencia a aquellos que son duraderos y son generados mediante un uso eficiente del agua y de energía, y evitar aquellos productos de un solo uso;

II. Adoptar medidas de Aprovechamiento Circular que optimicen la vida útil del Producto;

III. Optar por modelos de servicio cuando se oferte que, sin adquirir la propiedad de los productos, se satisfagan las necesidades de consumo;

IV. Reducir la generación de residuos y el desperdicio de agua, de energía, de productos y de alimentos;

V. Separar los residuos en sus viviendas, de acuerdo con el sistema de clasificación que se establezca para tal fin, y

VI. Aprovechar al máximo los materiales y los residuos, mediante procesos de compostaje, mecanismos de circularidad y prácticas de Reciclaje Inclusivo, entre otros.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Fomentar hábitos de consumo responsable es clave para la Economia Circular. Los contadores pueden jugar un papel importante en educar a sus clientes sobre estas prácticas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 42 del LGEC?

La población puede participar en la Economia Circular mediante hábitos de Consumo Responsable. Esto incluye reducir residuos y optar por productos duraderos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 42 de la LEY de Economía Circular?

[IA] Fomentar hábitos de consumo responsable es clave para la Economia Circular. Los contadores pueden jugar un papel importante en educar a sus clientes sobre estas prácticas.

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