LGEC

Artículo 27. Instrumentos Economicos Estatales

Las entidades federativas promoveran instrumentos economicos que fomenten la Economia Circular dentro de sus jurisdicciones. Esto permite una adaptacion a las necesidades locales.

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Texto Legal

Las entidades federativas, conforme a sus atribuciones, diseñarán y promoverán instrumentos económicos que fomenten la Economía Circular dentro de sus respectivas jurisdicciones competenciales, así como proponer a la autoridad competente de la Administración Pública Federal los instrumentos económicos que se puedan aplicar, incluidos a los modelos de complementariedad. Título Cuarto De la información, la educación, la cultura y la investigación Capítulo Primero De la Plataforma Nacional

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las empresas deben investigar los instrumentos disponibles en su entidad. Esto puede ofrecer ventajas competitivas en el contexto local.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 27 del LGEC?

Las entidades federativas promoveran instrumentos economicos que fomenten la Economia Circular dentro de sus jurisdicciones. Esto permite una adaptacion a las necesidades locales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 27 de la LEY de Economía Circular?

[IA] Las empresas deben investigar los instrumentos disponibles en su entidad. Esto puede ofrecer ventajas competitivas en el contexto local.

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