LGDS

Artículo 61. Derecho a la Participacion

Se garantiza el derecho de las personas beneficiarias y de la sociedad a participar activamente en la planeación y evaluación de la política social. Esta participación es clave para asegurar la corresponsabilidad en el desarrollo social.

participacionderechospolitica social

Texto Legal

El Gobierno Federal, los de las entidades federativas y los municipios garantizarán el derecho de las personas beneficiarias y de la sociedad a participar de manera activa y corresponsable en la planeación, ejecución, evaluación y supervisión de la política social. Artículo reformado DOF 16-07-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La participación activa de la sociedad es esencial para el éxito de las políticas sociales, lo que implica que los beneficiarios deben estar informados y organizados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 61 del LGDS?

Se garantiza el derecho de las personas beneficiarias y de la sociedad a participar activamente en la planeación y evaluación de la política social. Esta participación es clave para asegurar la corresponsabilidad en el desarrollo social.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 61 de la LEY de Desarrollo Social?

[IA] La participación activa de la sociedad es esencial para el éxito de las políticas sociales, lo que implica que los beneficiarios deben estar informados y organizados.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 61 del LGDS?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 61 LGDS desde tu celular