El Consejo tiene la facultad de recibir colaboración de diversas dependencias y entidades de la Administración Pública, así como de organizaciones civiles y particulares. Esta colaboración es fundamental para el desarrollo social en el país.
El Consejo podrá recibir la colaboración de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de los gobiernos estatales y municipales, de organizaciones civiles y de particulares.
Capítulo VI Participación Social
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que las organizaciones y dependencias conozcan los mecanismos de colaboración para optimizar recursos y esfuerzos en el desarrollo social.
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Art. 59. Colaboración de la Secretaría con el Consejo
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