El artículo establece definiciones importantes como 'beneficiarias', 'Consejo Consultivo' y 'grupos sociales en situación de vulnerabilidad'. Estas definiciones son fundamentales para la correcta interpretación de la Ley.
Para los efectos de esta Ley se entiende por:
I. Beneficiarias: Aquellas personas que forman parte de la población atendida por los programas de desarrollo social que cumplen los requisitos de la normativa correspondiente; Fracción reformada DOF 16-07-2025
II. Consejo Consultivo: Consejo Consultivo de Desarrollo Social;
III. Derogada Fracción derogada DOF 16-07-2025
IV. Comisión Intersecretarial: Comisión Intersecretarial de Desarrollo Social;
V. Comisión Nacional: Comisión Nacional de Desarrollo Social;
VI. Grupos sociales en situación de vulnerabilidad: Aquellos núcleos de población y personas que por diferentes factores o la combinación de ellos, enfrentan situaciones de riesgo o discriminación que les impiden alcanzar mejores niveles de vida y, por lo tanto, requieren de la atención e inversión del Gobierno para lograr su bienestar;
VI Bis. Instituto: Instituto Nacional de Estadística y Geografía; Fracción adicionada DOF 16-07-2025
VII. Secretaría: Secretaría de Bienestar del Gobierno Federal; Fracción reformada DOF 16-07-2025
VIII. Sistema Nacional: Sistema Nacional de Desarrollo Social;
LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
IX. Organizaciones: Agrupaciones civiles y sociales, legalmente constituidas, en las que participan personas o grupos sociales con el propósito de realizar actividades relacionadas con el desarrollo social; Fracción reformada DOF 16-07-2025
X. Padrón: Relación oficial de personas beneficiarias que incluye a las personas atendidas por los programas federales de desarrollo social cuyo perfil socioeconómico se establece en la normativa correspondiente, y Fracción reformada DOF 16-07-2025
XI. Política de Desarrollo Social: Conjunto de programas, proyectos y acciones tendientes a reducir las brechas de desigualdad, pobreza, rezago social y exclusión social, que potencian y garantizan el desarrollo sostenible y con equidad. Fracción adicionada DOF 16-07-2025
TÍTULO SEGUNDO DE LOS DERECHOS Y LAS OBLIGACIONES DE LOS SUJETOS DEL DESARROLLO SOCIAL
Capítulo Único
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Conocer estas definiciones es esencial para la correcta aplicación de la Ley. Los profesionales deben asegurarse de que sus clientes comprendan estos términos para evitar malentendidos en la implementación de programas.
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