LGDS

Artículo 33. Fomento de actividades productivas

Los gobiernos fomentarán actividades productivas para generar empleos e ingresos en la población. Este enfoque busca mejorar la calidad de vida de personas y familias.

empleoingresosactividades productivas

Texto Legal

Los municipios, los gobiernos de las entidades federativas y el Gobierno Federal fomentarán las actividades productivas para promover la generación de empleos e ingresos de personas, familias, grupos y organizaciones productivas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La promoción de actividades productivas es esencial para el desarrollo económico local. Se recomienda a los contadores y abogados asesorar a sus clientes sobre las oportunidades de financiamiento disponibles.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 33 del LGDS?

Los gobiernos fomentarán actividades productivas para generar empleos e ingresos en la población. Este enfoque busca mejorar la calidad de vida de personas y familias.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 33 de la LEY de Desarrollo Social?

[IA] La promoción de actividades productivas es esencial para el desarrollo económico local. Se recomienda a los contadores y abogados asesorar a sus clientes sobre las oportunidades de financiamiento disponibles.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 33 del LGDS?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 33 LGDS desde tu celular