LGDS

Artículo 15. Elaboración del Programa Nacional

El Programa Nacional de Desarrollo Social será elaborado por el Ejecutivo Federal, siguiendo las condiciones establecidas por la Ley de Planeación. Esto asegura una estructura formal en la implementación de políticas.

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Texto Legal

La Elaboración del Programa Nacional de Desarrollo Social estará a cargo del Ejecutivo Federal en los términos y condiciones de la Ley de Planeación.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La elaboración formal del programa nacional es clave para su implementación efectiva. Los contadores y abogados deben estar informados sobre este proceso para asesorar adecuadamente a sus clientes en el cumplimiento de la normativa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 15 del LGDS?

El Programa Nacional de Desarrollo Social será elaborado por el Ejecutivo Federal, siguiendo las condiciones establecidas por la Ley de Planeación. Esto asegura una estructura formal en la implementación de políticas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 15 de la LEY de Desarrollo Social?

[IA] La elaboración formal del programa nacional es clave para su implementación efectiva. Los contadores y abogados deben estar informados sobre este proceso para asesorar adecuadamente a sus clientes en el cumplimiento de la normativa.

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