LGDFS

Artículo 9. Distribución de Competencias

Establece que la Federación y las Entidades Federativas ejercerán atribuciones en materia forestal conforme a esta Ley. Define la colaboración entre diferentes niveles de gobierno.

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Texto Legal

La Federación, las Entidades Federativas, Municipios y Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México, ejercerán sus atribuciones en materia forestal de conformidad con la distribución de competencias prevista en esta Ley y en otros ordenamientos legales.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La distribución de competencias es clave para la coordinación en la gestión forestal. Los contadores y abogados deben entender cómo se relacionan los diferentes niveles de gobierno en este contexto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 9 del LGDFS?

Establece que la Federación y las Entidades Federativas ejercerán atribuciones en materia forestal conforme a esta Ley. Define la colaboración entre diferentes niveles de gobierno.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 9 de la LEY de Desarrollo Forestal Sustentable?

[IA] La distribución de competencias es clave para la coordinación en la gestión forestal. Los contadores y abogados deben entender cómo se relacionan los diferentes niveles de gobierno en este contexto.

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