LGCFD

Artículo 64. Tramite de Registro

Para obtener el registro como Asociaciones o Sociedades, las entidades deben cumplir con el trámite establecido en el Reglamento de la Ley. Este procedimiento es clave para su formalización.

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Texto Legal

Para efecto de que la CONADE otorgue el registro correspondiente como Asociaciones o Sociedades de las descritas en los artículos 61, 62 y 63 éstas deberán cumplir con el trámite previsto por el Reglamento de esta Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las organizaciones deben estar atentas a los requisitos del reglamento para evitar contratiempos en su registro. Un buen cumplimiento puede facilitar su operación y acceso a recursos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 64 del LGCFD?

Para obtener el registro como Asociaciones o Sociedades, las entidades deben cumplir con el trámite establecido en el Reglamento de la Ley. Este procedimiento es clave para su formalización.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 64 de la LEY de Cultura Física y Deporte?

[IA] Las organizaciones deben estar atentas a los requisitos del reglamento para evitar contratiempos en su registro. Un buen cumplimiento puede facilitar su operación y acceso a recursos.

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