Las entidades que contribuyan a la rehabilitación en el ámbito deportivo serán registradas como Asociaciones o Sociedades de Deporte en la Rehabilitación por la CONADE. Este registro asegura la formalización de sus actividades.
Las personas morales, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, estructura y denominación que conforme a su objeto social desarrollen, promuevan o contribuyan a la rehabilitación en el campo de la Cultura Física-Deportiva y el Deporte, serán registradas por la CONADE como Asociaciones de Deporte en la Rehabilitación, cuando no persigan fines preponderantemente económicos o como Sociedades de Deporte en la Rehabilitación cuando su actividad se realice con fines preponderantemente económicos o de lucro.
LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las organizaciones que buscan el registro deben demostrar su compromiso con la rehabilitación deportiva. Esto no solo les otorga reconocimiento, sino que también les permite acceder a recursos y apoyos específicos.
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