Los municipios tienen atribuciones específicas para coordinar y evaluar políticas de cultura física y deporte. Este artículo es clave para la gestión local del deporte.
Los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias y de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y las Leyes locales en la materia, tendrán las siguientes atribuciones: Párrafo reformado DOF 19-01-2018
I. Proponer, coordinar y evaluar la política de cultura física y deporte municipal y de la demarcación territorial; Fracción reformada DOF 19-01-2018
II. Diseñar y aplicar los instrumentos y programas de las entidades federativas, Municipales y de las demarcaciones territoriales en cultura física y deporte, acorde con los programas nacional, de las entidades federativas y regionales; Fracción reformada DOF 19-01-2018
III. Diseñar, aplicar y evaluar el programa municipal y de la demarcación territorial de cultura física y deporte; Fracción reformada DOF 19-01-2018
IV. Coordinarse con la CONADE, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México para la promoción, fomento y desarrollo de la cultura física y deporte; Fracción reformada DOF 19-01-2018
V. Integrar el Sistema Local de Cultura Física y Deporte para promover y fomentar el desarrollo de la activación física, la cultura física y el deporte; Fracción reformada DOF 19-01-2018
VI. Promover la participación de los sectores social y privado para el desarrollo de la activación física, la cultura física y el deporte, y
VII. Las demás que señale esta Ley, su Reglamento y los demás ordenamientos aplicables.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los contadores deben asesorar a los municipios sobre la correcta ejecución de sus atribuciones y la gestión de recursos. La colaboración con la CONADE es esencial.
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