LGCFD

Artículo 113. Tipos de estimulos

Los estímulos previstos en la ley pueden consistir en dinero, capacitación, asesoría, asistencia y gestoría. Esto proporciona diversas formas de apoyo a los deportistas y entrenadores.

tipos de estimulosapoyodinerocapacitación

Texto Legal

Los estímulos previstos en esta Ley podrán consistir en:

I. Dinero o especie;

II. Capacitación;

III. Asesoría;

IV. Asistencia, y

V. Gestoría.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los beneficiarios deben informarse sobre las diferentes formas de estímulo disponibles para elegir la que mejor se adapte a sus necesidades.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 113 del LGCFD?

Los estímulos previstos en la ley pueden consistir en dinero, capacitación, asesoría, asistencia y gestoría. Esto proporciona diversas formas de apoyo a los deportistas y entrenadores.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 113 de la LEY de Cultura Física y Deporte?

[IA] Los beneficiarios deben informarse sobre las diferentes formas de estímulo disponibles para elegir la que mejor se adapte a sus necesidades.

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