LGCC

Artículo 105. Publicacion de resultados de evaluacion

Los resultados de las evaluaciones seran publicados en el Diario Oficial de la Federacion y entregados a las camaras del Congreso. Esto garantiza la transparencia y el acceso a la informacion sobre el avance en materia de cambio climatico.

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Texto Legal

Los resultados de las evaluaciones deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación y entregados a las Cámaras de Diputados y de Senadores del Congreso de la Unión.

TÍTULO SÉPTIMO TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

CAPÍTULO ÚNICO

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las empresas deben estar atentas a estas publicaciones, ya que pueden influir en la opinion publica y en las decisiones de inversion relacionadas con la sostenibilidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 105 del LGCC?

Los resultados de las evaluaciones seran publicados en el Diario Oficial de la Federacion y entregados a las camaras del Congreso. Esto garantiza la transparencia y el acceso a la informacion sobre el avance en materia de cambio climatico.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 105 de la LEY de Cambio Climático?

[IA] Las empresas deben estar atentas a estas publicaciones, ya que pueden influir en la opinion publica y en las decisiones de inversion relacionadas con la sostenibilidad.

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