LGBN

Artículo 92. Enajenación a título gratuito

Este artículo establece que la enajenación gratuita de inmuebles federales requiere la presentación de proyectos que especifiquen el uso del inmueble. El incumplimiento puede llevar a la reversión del bien a la Federación.

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Texto Legal

La enajenación a título gratuito de inmuebles federales a que se refiere el artículo 84 de esta Ley, sólo procederá mediante la presentación de proyectos que señalen el uso principal del inmueble y, en su caso, el tiempo previsto para la iniciación y conclusión de las obras, y los planes de financiamiento. En el caso de incumplimiento de los proyectos dentro de los plazos previstos, tanto el bien donado como sus mejoras revertirán a favor de la Federación.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La necesidad de presentar proyectos claros para la enajenación gratuita es fundamental. Los asesores deben ayudar a sus clientes a cumplir con estos requisitos para evitar la pérdida del inmueble.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 92 del LGBN?

Este artículo establece que la enajenación gratuita de inmuebles federales requiere la presentación de proyectos que especifiquen el uso del inmueble. El incumplimiento puede llevar a la reversión del bien a la Federación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 92 de la LEY de Bienes Nacionales?

[IA] La necesidad de presentar proyectos claros para la enajenación gratuita es fundamental. Los asesores deben ayudar a sus clientes a cumplir con estos requisitos para evitar la pérdida del inmueble.

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