Se reconocen como Instituciones Depositarias a la Biblioteca de México, la Biblioteca del Congreso de la Unión y la Biblioteca Nacional de México. Estas instituciones tienen un papel clave en el Depósito Legal.
Son Instituciones Depositarias reconocidas por esta Ley:
I. La Biblioteca de México;
II. La Biblioteca del Congreso de la Unión, y
III. La Biblioteca Nacional de México.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las bibliotecas deben establecer vínculos con estas instituciones para asegurar el cumplimiento de las normativas de Depósito Legal y facilitar el acceso a los materiales.
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