Se implementarán programas de desarrollo social para integrar a titulares de derechos ejidales en actividades económicas urbanas. Esto incluye capacitación y apoyo a empresas de ejidatarios.
La Federación, las entidades federativas, los municipios y las Demarcaciones Territoriales, instrumentarán coordinadamente programas de desarrollo social, para que las y los titulares de derechos ejidales o comunales cuyas tierras sean incorporadas al Desarrollo Urbano y la vivienda, se integren a las actividades económicas y sociales urbanas, promoviendo su capacitación para la producción y comercialización de bienes y servicios y apoyando la constitución y operación de empresas en las que participen los ejidatarios y comuneros.
Capítulo Cuarto Del Derecho de Preferencia
LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 01-04-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La integración de ejidatarios en el desarrollo urbano puede generar oportunidades económicas. Es importante que los profesionales asesoren sobre las implicaciones fiscales y legales.
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