LGAHOTDU

Artículo 15. Organización del Consejo Nacional

El titular de la Secretaría determina la organización del Consejo Nacional, asegurando pluralidad y equidad de género en su conformación. Esto es esencial para una representación justa.

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Texto Legal

El titular de la Secretaría determinará la forma de organización e integración del Consejo Nacional, atendiendo principios de pluralidad y equidad de género, así como considerando el régimen federal del país y la representatividad de los sectores público, social y privado.

LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 01-04-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

El titular de la Secretaría, presidirá el Consejo Nacional y, en su caso, sus ausencias serán suplidas por quien designe. El titular de la Secretaría designará a quien funja como Secretario Técnico del Consejo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La organización del consejo refleja el compromiso con la equidad. Los profesionales deben estar atentos a cómo esta estructura puede influir en las decisiones de planeación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 15 del LGAHOTDU?

El titular de la Secretaría determina la organización del Consejo Nacional, asegurando pluralidad y equidad de género en su conformación. Esto es esencial para una representación justa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 15 de la LEY de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Terr...?

[IA] La organización del consejo refleja el compromiso con la equidad. Los profesionales deben estar atentos a cómo esta estructura puede influir en las decisiones de planeación.

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