Las entidades deben cumplir con la Ley de Disciplina Financiera para acceder a financiamiento para proyectos de desarrollo urbano. Esto asegura la legalidad y viabilidad de los proyectos.
Sin perjuicio de lo establecido por las disposiciones en materia financiera, las entidades federativas y municipios, para estar en posibilidad de ser sujetos de financiamiento para el desarrollo de los proyectos que incidan en el ámbito de competencia de la presente Ley, deberán cumplir con lo establecido por la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, así como presentar a las instituciones de crédito el instrumento expedido por la autoridad competente, a través del cual se determine que el proyecto cumple con la legislación y los planes o programas en materia de Desarrollo Urbano.
Asimismo, las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano se coordinarán a efecto de que las acciones e inversiones de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal cumplan, en su caso, con lo dispuesto en esta Ley y en las demás aplicables en la materia. Para el despliegue, instalación, construcción, mantenimiento y modificación de infraestructura de telecomunicaciones y radiodifusión, se coordinarán con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Cumplir con los requisitos financieros es esencial para asegurar la viabilidad de los proyectos. Los asesores deben guiar a sus clientes en el cumplimiento de estas normativas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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