Los particulares pueden custodiar documentos patrimoniales siempre que apliquen medidas de conservación adecuadas. Esto asegura la integridad de los archivos en posesión privada.
Los particulares en posesión de documentos de archivo que constituyan patrimonio documental de la Nación, podrán custodiarlos, siempre y cuando apliquen las medidas técnicas, administrativas, ambientales o tecnológicas para la conservación y divulgación de los archivos, conforme a los criterios que emita el Archivo General y el Consejo Nacional.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los particulares deben seguir criterios establecidos por el Archivo General para la conservación de documentos. Esto no solo protege el patrimonio, sino que también fomenta la responsabilidad social.
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