LGA

Artículo 93. Coordinación para conservación de archivos

El Archivo General puede coordinarse con diversas autoridades para conservar archivos en peligro por fenómenos naturales o daños. Esta acción es vital para la protección del patrimonio documental.

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Texto Legal

El Archivo General podrá coordinarse con las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y las alcaldías de la Ciudad de México, para la realización de las acciones conducentes a la conservación de los archivos, cuando la documentación o actividad archivística de alguna región del país esté en peligro o haya resultado afectada por fenómenos naturales o cualquiera de otra índole, que pudieran dañarlos o destruirlos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La colaboración entre diferentes niveles de gobierno es esencial para la conservación de archivos. Las medidas preventivas pueden minimizar el riesgo de pérdida de documentos valiosos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 93 del LGA?

El Archivo General puede coordinarse con diversas autoridades para conservar archivos en peligro por fenómenos naturales o daños. Esta acción es vital para la protección del patrimonio documental.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 93 de la LEY de Archivos?

[IA] La colaboración entre diferentes niveles de gobierno es esencial para la conservación de archivos. Las medidas preventivas pueden minimizar el riesgo de pérdida de documentos valiosos.

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