LGA

Artículo 84. Patrimonio Documental de la Nación

El patrimonio documental de la Nación es propiedad del Estado, inalienable e imprescriptible. Esto garantiza su protección y conservación bajo la ley correspondiente.

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Texto Legal

El patrimonio documental de la Nación es propiedad del Estado mexicano, de dominio e interés público y, por lo tanto, inalienable, imprescriptible, inembargable y no está sujeto a ningún gravamen o afectación de dominio, en términos de la Ley General de Bienes Nacionales y de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La inalienabilidad del patrimonio documental es un aspecto crucial para su protección. Los archivos deben ser gestionados con un enfoque en su conservación y acceso público.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 84 del LGA?

El patrimonio documental de la Nación es propiedad del Estado, inalienable e imprescriptible. Esto garantiza su protección y conservación bajo la ley correspondiente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 84 de la LEY de Archivos?

[IA] La inalienabilidad del patrimonio documental es un aspecto crucial para su protección. Los archivos deben ser gestionados con un enfoque en su conservación y acceso público.

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