LGA

Artículo 48. Validez jurídica de documentos electrónicos

Los sujetos obligados que utilicen firma electrónica avanzada generarán documentos de archivo electrónico con validez jurídica. Esto se realizará conforme a la normativa aplicable y disposiciones emitidas.

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Texto Legal

Los sujetos obligados que, por sus atribuciones, utilicen la firma electrónica avanzada para realizar trámites o proporcionar servicios que impliquen la certificación de identidad del solicitante, generarán documentos de archivo electrónico con validez jurídica de acuerdo con la normativa aplicable y las disposiciones que para el efecto se emitan.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Asegurarse de que la firma electrónica cumpla con los estándares legales es fundamental para la validez de los documentos. Las instituciones deben capacitar a su personal en el uso adecuado de estas herramientas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 48 del LGA?

Los sujetos obligados que utilicen firma electrónica avanzada generarán documentos de archivo electrónico con validez jurídica. Esto se realizará conforme a la normativa aplicable y disposiciones emitidas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 48 de la LEY de Archivos?

[IA] Asegurarse de que la firma electrónica cumpla con los estándares legales es fundamental para la validez de los documentos. Las instituciones deben capacitar a su personal en el uso adecuado de estas herramientas.

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