LGA

Artículo 34. Reproduccion de documentos deteriorados

Cuando los documentos históricos estén deteriorados, se proporcionará información mediante sistemas de reproducción que no afecten la integridad del documento. Esto asegura el acceso a la información sin comprometer los originales.

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Texto Legal

Cuando los documentos históricos presenten un deterioro físico que impida su consulta directa, el Archivo General o su equivalente en las entidades federativas, así como los sujetos obligados, proporcionarán la información, cuando las condiciones lo permitan, mediante un sistema de reproducción que no afecte la integridad del documento.

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Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los archivos implementen sistemas de reproducción eficientes para garantizar el acceso a la información sin dañar los documentos originales. Esto es vital para la preservación a largo plazo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 34 del LGA?

Cuando los documentos históricos estén deteriorados, se proporcionará información mediante sistemas de reproducción que no afecten la integridad del documento. Esto asegura el acceso a la información sin comprometer los originales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 34 de la LEY de Archivos?

[IA] Es importante que los archivos implementen sistemas de reproducción eficientes para garantizar el acceso a la información sin dañar los documentos originales. Esto es vital para la preservación a largo plazo.

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