Los sujetos obligados deben elaborar un programa anual de archivos y publicarlo en su portal electronico. Esto debe hacerse en los primeros 30 dias del ejercicio fiscal.
Los sujetos obligados que cuenten con un sistema institucional de archivos, deberán elaborar un programa anual y publicarlo en su portal electrónico en los primeros treinta días naturales del ejercicio fiscal correspondiente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La publicacion del programa anual es una obligacion que no debe pasarse por alto. Se recomienda establecer un calendario para asegurar su cumplimiento.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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