LGA

Artículo 17. Acta de entrega-recepcion de archivos

Los servidores publicos deben elaborar un acta de entrega-recepcion al separarse de su cargo, asegurando la entrega de archivos y documentos de control. Es fundamental señalar los documentos con posible valor historico.

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Texto Legal

Los servidores públicos que deban elaborar un acta de entrega-recepción al separarse de su empleo, cargo o comisión, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables, deberán entregar los archivos que se encuentren bajo su custodia, así como los instrumentos de control y consulta archivísticos actualizados, señalando los documentos con posible valor histórico de acuerdo con el catálogo de disposición documental.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La correcta elaboracion del acta de entrega-recepcion es vital para evitar conflictos futuros. Se sugiere mantener un inventario actualizado de los documentos entregados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 17 del LGA?

Los servidores publicos deben elaborar un acta de entrega-recepcion al separarse de su cargo, asegurando la entrega de archivos y documentos de control. Es fundamental señalar los documentos con posible valor historico.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 17 de la LEY de Archivos?

[IA] La correcta elaboracion del acta de entrega-recepcion es vital para evitar conflictos futuros. Se sugiere mantener un inventario actualizado de los documentos entregados.

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