La Ley General de Aguas regula el derecho humano al acceso, disposición y saneamiento del agua, estableciendo bases para su uso equitativo y sustentable. Es de observancia general en todo el territorio nacional y de interés social.
La presente Ley es reglamentaria del artículo 4o., párrafo octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia del derecho humano al acceso, disposición y saneamiento del agua para consumo personal y doméstico; establece las bases, apoyos y modalidades para su acceso, uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos; su interdependencia con otros derechos humanos; distribuye competencias y establece los casos de concurrencia entre la Federación, entidades federativas y municipios.
Las disposiciones de esta Ley son de observancia general en todo el territorio nacional, de orden público e interés social.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Este artículo establece el marco fundamental de la ley, resaltando la importancia del acceso al agua como un derecho humano. Es crucial para los profesionales del derecho y contadores entender su aplicación en políticas públicas.
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