La Federación y las entidades federativas colaborarán para cumplir los objetivos de la ley. Esto incluye la posibilidad de que autoridades federales conozcan de medidas de protección en casos de violencia de género.
La Federación, las entidades federativas, la Ciudad de México y los municipios, coadyuvarán para el cumplimiento de los objetivos de esta ley de conformidad con las competencias previstas en el presente ordenamiento y demás instrumentos legales aplicables.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 73, fracción XXI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las autoridades federales podrán conocer de las medidas u órdenes de protección que deriven de violencias de género en contra de las mujeres o de delitos de fuero común relacionados con las violencias de género contra las mujeres, en los términos que establezcan las leyes aplicables en la materia. Párrafo adicionado DOF 15-01-2026 Artículo reformado DOF 20-01-2009, 11-01-2021
Sección Primera. De la Federación
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La colaboración entre diferentes niveles de gobierno es esencial para abordar la violencia de género. Los abogados deben entender cómo estas dinámicas afectan los casos que manejan.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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