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Artículo 34 Quinquies. Lineamientos para ordenes de proteccion

Las autoridades deben establecer lineamientos para la implementacion de ordenes de proteccion, especialmente en casos de delitos de competencia federal. Se busca una coordinacion efectiva entre diferentes niveles de gobierno.

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Texto Legal

Las autoridades competentes deberán de establecer los lineamientos básicos para la implementación de las órdenes de protección en coordinación con las instancias responsables de atenderlas e implementarlas.

En los casos donde presuntamente exista conexidad con delitos de competencia federal, las órdenes de protección deberán ser otorgadas por la Fiscalía General de la República y en caso de que lo amerite por una jueza o juez federal. Artículo adicionado DOF 18-03-2021

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La coordinacion entre diferentes niveles de gobierno es clave para la efectividad de las ordenes de proteccion. Se deben establecer protocolos claros para su implementacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 34 Quinquies del LGAMVLV?

Las autoridades deben establecer lineamientos para la implementacion de ordenes de proteccion, especialmente en casos de delitos de competencia federal. Se busca una coordinacion efectiva entre diferentes niveles de gobierno.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 34 Quinquies de la LEY de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre d...?

[IA] La coordinacion entre diferentes niveles de gobierno es clave para la efectividad de las ordenes de proteccion. Se deben establecer protocolos claros para su implementacion.

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