La Declaratoria de Alerta de Violencia debe incluir el motivo, información que sustente la decisión y las acciones propuestas. Este documento es clave para la implementación de medidas efectivas contra la violencia de género.
La Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres, deberá incluir lo siguiente:
I. El motivo de la misma;
II. La información que sustenta la determinación;
III. Las acciones y medidas preventivas, correctivas, de seguridad, de procuración e impartición de justicia, de atención, de reparación del daño y legislativas propuestas por el Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario;
IV. La solicitud a las autoridades responsables, de la asignación o reorientación de recursos presupuestales, humanos y materiales necesarios para hacer frente a la misma, y
V. El territorio que abarcan las medidas a implementar y, en su caso, las autoridades responsables de su cumplimiento. Artículo adicionado DOF 29-04-2022
LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La claridad en el contenido de la Declaratoria es fundamental para su ejecución. Las autoridades deben asegurarse de que se asignen los recursos necesarios para implementar las acciones propuestas.
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